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Nacionalidad Española por Residencia

Cómo hacer la nacionalidad española

Para los ciudadanos de países de Iberoamérica que vivimos en España de manera permanente, obtener la nacionalidad española por residencia es un paso muy importante que nos brinda una serie de derechos, beneficios y obligaciones.

En este artículo, les vamos a contar cuáles son los requisitos, cómo es el proceso, cuál es la documentación necesaria, los pasos a seguir y las opciones para realizar la jura e inscripción en el registro civil. También veremos cómo tramitar el DNI y el pasaporte español.

Requisitos para obtener la Nacionalidad Española por Residencia

Para solicitar la nacionalidad española por residencia, los ciudadanos de países de Iberoamérica debemos cumplir con los siguientes requisitos:

Residencia legal y continuada: Haber residido legalmente en España durante un período mínimo de 2 años. Este período puede reducirse a 1 año si el solicitante tiene cónyuge español, por ejemplo, entre otros casos excepcionales. Esta residencia debe ser continuada, lo que significa que no se puede salir del país mas de 180 días en el periodo de un año, y debe ser inmediatamente anterior a la solicitud.

Buena conducta cívica: Se justificará aportando el certificado de antecedentes penales del país de origen y con los informes que expidan las autoridades competentes en España.

Integración a la sociedad: Se debe demostrar vínculos con la cultura, la sociedad y el territorio español a través de un examen del Instituto Cervantes. En el caso que el idioma oficial del país de origen no sea el español, se rendirá también un examen de idioma.

Detalle del Proceso y Documentación a Presentar para tramitar la Nacionalidad Española por Residencia

El proceso para obtener la nacionalidad española por residencia se puede resumir en los siguientes pasos:

  1. Solicitud: La podemos realizar nosotros mismos, sin necesidad de contratar abogados o gestores, de forma telemática, a través de la plataforma electrónica habilitada por el Ministerio de Justicia. Es necesario contar con certificado digital.
  2. Examen: Se debe acreditar la superación de dos exámenes, el examen DELE nivel mínimo A2, que es el diploma de español como lengua extranjera (si el idioma del país de origen es distinto al español) y el examen CCSE, sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España.
  3. Documentación:
    • Modelo de solicitud completo.
    • Comprobante de tasa abonada: es la tasa 790 código 026.
    • Tarjeta de Identidad de extranjero (TIE) o Certificado del Registro de ciudadano de la Unión (CUE) en vigor.
    • Pasaporte completo (todas las hojas) y en vigor del país de origen.
    • Certificado de empadronamiento actualizado.
    • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de los países donde se haya residido en los últimos cinco años, legalizado y traducido, si corresponde.
    • Certificado de nacimiento debidamente legalizado y traducido, si corresponde.
  4. Resolución: Una vez presentada la solicitud, las autoridades evaluarán la documentación y emitirán una resolución que declarará la concesión o rechazo de la nacionalidad española por residencia. Según el Real Decreto 1004/2015, el procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado. En nuestro caso, luego de casi dos años de espera sin resolución de la nacionalidad española por residencia, decidimos acudir a la vía judicial para reclamar una resolución expresa, e interponer un Recurso Contencioso Administrativo ante la Audiencia Nacional. Para esto si recurrimos a un despacho de abogados especializados en extranjería. Luego de un mes de la presentación, tuvimos la resolución favorable.

Jura e Inscripción en el Registro Civil

Una vez concedida la nacionalidad española, se debe realizar un acto de jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución española dentro de los 180 días de concedida.

La jura se puede hacer de diferentes maneras:

  • Jura ante el Notario: Acudir a un notario en España y realizar la jura o promesa.
  • Jura ante el Registro Civil: Realizar la jura directamente en el Registro Civil.
  • Jura ante el Consulado Español: Si estamos en el extranjero, se puede realizar la jura en el Consulado de España correspondiente.

Una vez realizada la jura, se expedirá un certificado literal de nacimiento español que acredita la adquisición de la nacionalidad.

Tramitación del DNI y Pasaporte Español

Al obtener el certificado literal de nacimiento, el ciudadano puede tramitar el Documento Nacional de Identidad (DNI) y el pasaporte español.

El DNI es el documento de identificación principal en España y es necesario para realizar diversas gestiones cotidianas. El pasaporte español permite al ciudadano viajar a otros países y regresar a España sin problemas.

Este trámite se realiza en Policía Nacional, y siempre a través de cita previa, que se solicita en https://www.citapreviadnie.es/citaPreviaDni/

En conclusión, obtener la nacionalidad española por residencia es un proceso significativo para los ciudadanos de Iberoamérica que deseamos vivir en España de manera permanente.

Cumpliendo con los requisitos, aportando la documentación necesaria y siguiendo los pasos establecidos, podemos disfrutar de los beneficios y derechos que conlleva la ciudadanía española. La jura y la obtención del DNI y pasaporte completan el proceso de integración como ciudadano español.

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3 Comentarios

  • Contestar
    Laura Verónica Chiaro
    10/10/2023 at 22:59

    Hola Vani y Mati, los vengo siguiendo hace mucho y ahora q tengo las ganas de irme momentáneamente allá quisiera pedirles a ustedes consejo y ayuda.
    En verano Argentino Jvoy 2 meses x primera vez a España, tengo mi hijo en Barcelona y mi hermana en Alicante, por eso quiero empadronarse para poder trabajar al menos 1 mes cada vez q vaya.
    Quisiera empadronarme en alicante xq mi hermana tiene propiedad allí pero no se si podre trabajar en otra ciudad. Y si pueden ayudarme donde sacar turno para empadronamiento q no encuentro justo el link, les agradezco de corazón, y sigan contagiando ese entusiasmo y amor por el camino q van avanzando. Gracias Gracias Gracias

    • Contestar
      Vani & Mati
      11/12/2023 at 12:51

      Hola Laura, como estas? Para empadronarte en Alicante debes sacar cita previa en la web del ayuntamiento, y ahí también te indica cuales son los papeles y requisitos. https://www.alicante.es/es/tramites/altas-y-cambios-domicilio-padron-municipal-habitantes
      Si lo que queres es trabajar, aparte de eso, vas a tener que sacar una residencia / permiso de trabajo. Esto va a depender de tu situación particular (o sea, si tenes pasaporte de España o de algún pais de la Unión Europea o no). En el caso que tengas pasaporte español, tenes que sacar tu DNI y darte de alta en la seguridad social, si tenes pasaporte de algún pais de la UE tenes que tramitar tu certificado de registro de ciudadano de la unión y darte de alta en la seguridad social, si entras como turista con cualquier otro pasaporte, no podes trabajar en España y a los 90 días tenes que salir de Unión Europea.
      Esperamos que sea de ayuda la info.
      Saludos!

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    boostaro official website
    09/01/2024 at 15:00

    Thanks for thr great article!

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